Objetivo:
Establecer principios para presentar los instrumentos financieros como pasivos o patrimonio y para compensar activos y pasivos financieros. Aplica a la clasificación de instrumentos financieros, desde la perspectiva del emisor, en activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio; en la clasificación de los intereses, dividendos y pérdidas y ganancias relacionadas con ellos.
Alcance:
Aplica a todos los instrumentos financieros.
Incluye contratos de compra venta de partidas no financieras que se liquidan por el importe neto, en efectivo o con otro instrumento financiero. Esto ocurre cuando:
-Existen clausulas contractuales que lo permiten;
-Existe capacidad y costumbre de liquidar de la manera señalada las partidas no financieras;
-Cuando el elemento no financiero es fácilmente convertible en efectivo.
Alcance (excepciones):
Excepto a:
-Participaciones en subsidiarias (NIC 27), asociadas (NIC 28) y negocios conjuntos (NIC 31);
-Derechos y obligaciones de empleados (NIC 19);
-Contratos de Seguros (NIIF 4);
-Instrumentos financieros, contratos y obligaciones derivados de transacciones con pagos basados en acciones (NIIF 2);
-Existen casos de excepción a las excepciones que permiten la utilización de la
NIC 39.
Definiciones:
-Instrumento Financiero: cualquier contrato que dé lugar, simultáneamente, a un activo financiero en una entidad y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra entidad.
-Contrato: acuerdo entre dos o más partes, que les produce claras consecuencias económicas que ellas tienen poca o ninguna capacidad de evitar, por ser el cumplimiento del acuerdo legalmente exigible. Puede adoptar variedad de formas y no precisa ser fijado por escrito.
Definiciones:
Activo Financiero
-Efectivo;
-Instrumento de patrimonio de otra entidad;
-Derecho contractual. A recibir en efectivo u otro activo financiero de otra entidad; o, a intercambiar por otros instrumentos financieros en condiciones potencialmente favorables.
-Contrato que será liquidado o podrá serlo utilizando los instrumentos de patrimonio propios de la entidad, y que es:
-Instrumento no derivado por el cual se recibirá una cantidad variable de instrumentos de patrimonio;
-Instrumento derivado.
Definiciones:
-Pasivo Financiero
-Obligación contractual. A entregar en efectivo u otro activo financiero de otra entidad; o, a intercambiar por otros instrumentos financieros en condiciones potencialmente desfavorables.
-Contrato que será liquidado o podrá serlo utilizando los instrumentos de patrimonio propios de la entidad, y que es:
-Instrumento no derivado por el cual se entregará una cantidad variable de instrumentos de patrimonio
-Instrumento derivado
Definiciones:
-Instrumento de Patrimonio: es cualquier contrato que ponga de manifiesto una participación residual en los activos de una entidad, después de deducir todos sus pasivos. Acciones ordinarias.
-Valor razonable: es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre un comprador y un vendedor interesado y debidamente informado, que realizan una transacción libre.
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