miércoles, 13 de abril de 2011

Impuesto a las Ganancias

La NIC 12 específica el tratamiento contable del impuesto a las ganancias, incluyendo cómo contabilizar las consecuencias actuales y futuras de:

- Las transacciones y hechos del periodo actual reconocidos en los estados financieros.

- La recuperación futura del importe en libros de los activos en el estado de situación financiera.

- La cancelación futura del importe en libros de los pasivos en el estado de situación financiera.

El Impuesto corriente es la cantidad a pagar (recuperar) por el impuesto a las ganancias relativo a la ganancia fiscal del periodo.

Más información en ecuadortributa.com

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