jueves, 30 de junio de 2011

La ley es clave para empleadores y empleados

González dice que ahora el trabajo como abogados es asesorar al empresario, no para que despida gente, sino que con la estructura que tiene se ajuste a las nuevas normas laborales. "Con el contrato laboral sin intermediario quedan más claras las reglas al empleado, ya sabe quien es su empleador, le da mayor estabilidad laboral y permite que las obligaciones patronales se cumplan a cabalidad. Pero también le da más seguridad al empleador y eso es cuestión de educación. Aumentaron las inscripciones en el seguro social, en la dirección de trabajo hay más contratos inscritos y la gente se esta ajustando a las nuevas normas laborales".

La asesora laboral Mónica Tobar, de Fabara y Compañía, sostiene que todavía hay empresarios que piensan que el cumplimiento de la legislación no es emergente y que por ejemplo, no es necesario tener un reglamento de seguridad y salud ocupacional. "Esto no solo es porque el Ministerio de Relaciones Laborales hace los controles sino porque se trata de que exista un mejor nivel de aseguramiento con los trabajadores en caso de cualquier accidente".

Uno de los mayores errores que detectan al momento de realizar asesorías a las empresas es el desconocimiento de qué tipo de contrato utilizar. Tobar dice que hay que analizar caso por caso en relación de los requerimientos de la empresa. "La que más se utiliza es la contratación a plazo fijo, dependiendo del tipo de negocio, es el contrato eventual que no puede ser utilizado para reemplazar contratación a plazo fijo, sino a trabajadores con necesidades específicas en ciertas áreas y periodos de producción"...

Más información en EcuadorTributa.com

martes, 28 de junio de 2011

Activos y Pasivos Contingentes, Provisiones (NIC-37) Parte 2

Definiciones

Suceso que da origen a una obligación.

Es todo aquel suceso del que nace una obligación de pago, de tipo legal o implícita para la entidad, de forma que a la entidad no le queda otra alternativa más realista que satisfacer el importe correspondiente.

Una obligación legal es aquélla que se deriva de:

a. Un contrato (ya sea a partir de sus condiciones explícitas o implícitas);

b. La legislación; u

c. Otra causa de tipo legal.

Una obligación implícita es aquélla que se deriva de las actuaciones de la propia entidad, en las que:

Debido a un patrón de comportamiento en el pasado, a políticas empresariales o a una declaración efectuada de forma suficientemente concreta, la entidad haya puesto de manifiesto ante terceros que está dispuesta a aceptar cierto tipo de responsabilidades; y
Como consecuencia de lo anterior, la entidad haya creado una expectativa válida, ante aquellos terceros con los que debe cumplir sus compromisos o responsabilidades.

Medición de la provisión

- Debe tener en cuenta los riesgos y las incertidumbres correspondientes.

- Descontar el valor futuro si el efecto financiero es significativo.

- Tener en cuenta sucesos futuros, tales como los cambios en la ley o en la tecnología existente, siempre que haya suficiente evidencia objetiva respeto a su ocurrencia; y

No tener en cuenta las ganancias esperadas por la venta de activos, incluso si la enajenación de los mismos está estrechamente ligada a los sucesos que han dado origen a la provisión.

Cambios en el valor de las provisiones

- Las provisiones deben ser objeto de revisión en cada fecha del balance, y ajustadas en su caso para reflejar la mejor estimación existente en ese momento.

- En el caso de que no sea ya probable la salida de recursos, que incorporen beneficios económicos, para cancelar la obligación correspondiente, se procederá a liquidar o revertir la provisión.

Aplicación de las provisiones

- Cada provisión deberá ser utilizada sólo para afrontar los desembolsos para los cuales fue originalmente reconocida.

- Sólo se aplicará la provisión para cubrir los desembolsos relacionados originalmente con su dotación.

- El hecho de realizar desembolsos contra una provisión que fue, en su origen, dotada para propósitos diferentes, produciría el efecto de encubrir el impacto de dos sucesos distintos...

Más información en EcuadorTributa.com

lunes, 27 de junio de 2011

Riesgos Financieros

El término riesgo se puede definir como la probabilidad de que suceda un daño o peligro. Desde un punto de vista económico, se puede definir como la probabilidad de que ocurra una pérdida financiera en la inversión de cierto capital; por lo tanto, es parte inevitable en los procesos de toma de decisiones y en los procesos de inversión.

En finanzas, el concepto de riesgo financiero está fundamentado con la posibilidad de que ocurra un evento que se traduzca en pérdidas para los participantes en los mercados financieros, ya sean inversionistas, deudores o entidades financieras. No hay que perder de vista que el riesgo financiero es producto de la incertidumbre que existe sobre el valor de los activos financieros, ante los efectos adversos de los factores que determinan su precio: a mayor incertidumbre existe mayor riesgo.

En ese sentido y dada la amplitud del concepto de riesgo, resulta complejo efectuar una clasificación de los posibles riesgos financieros a que se enfrentan las personas y las organizaciones al llevar a cabo inversiones de capital; sin embargo, se pueden distinguir los siguientes:

Riesgo de mercado. Se refiere a la pérdida potencial en el valor de los activos invertidos debido a movimientos adversos en los factores de riesgo (factores que determinan su precio), como pueden ser: las tasas de interés, los tipos de cambio, los índices de precios, cotizaciones de acciones, entre otros.

Riesgo de crédito. Existe cuando se da la posibilidad de que una de las partes de un contrato financiero sea incapaz de cumplir con las obligaciones financieras estipuladas en el mencionado contrato, produciendo en la otra parte una pérdida financiera...

Más información en EcuadorTributa.com

jueves, 23 de junio de 2011

Activos y Pasivos Contingentes, Provisiones (NIC-37)

Alcance

Esta Norma debe ser aplicada por todas las entidades, al proceder a contabilizar sus provisiones y activos y pasivos contingentes, excepto:

a. Aquéllos que se deriven de contratos pendientes de ejecución, excepto cuando el contrato es oneroso; y

b. Aquéllos de los que se ocupe alguna otra Norma Internacional de Contabilidad.

c. No aplica a instrumentos financieros (incluyendo las garantías) que caen en el alcance de la NIC 39: Instrumentos Financieros:

d. Cuando otra norma se ocupe de un tipo específico de provisión, pasivo contingente o activo contingente se usará esa norma.

- Contratos de construcción (NIC 11)

- Impuesto a las ganancias (NIC 12)

- Arrendamientos (NIC 17)

- Beneficios a empleados (NIC 19)

- Contratos de seguro (NIIF 4)

Definiciones

Una provisión es un pasivo en el que existe incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento.

Un pasivo es una obligación presente de la entidad, surgida a raíz de sucesos pasados, y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos.

Comparación de las provisiones con otros pasivos

Las provisiones pueden distinguirse de otros pasivos, tales como los acreedores comerciales y otras obligaciones acumuladas (o devengadas) que son objeto de estimación, por la existencia de incertidumbre acerca del momento del vencimiento o de la cuantía de los desembolsos futuros necesarios para proceder a su cancelación...

Más información en EcuadorTributa.com

lunes, 20 de junio de 2011

Administración de Riesgos

SEVERIDAD: Es el grado de afectación de un evento sobre los recursos de una organización. El principal propósito al medir un riesgo es el poder fabricar una escala de los posibles efectos adversos. A partir de ello resulta posible determinar prioridades de acción.

Al igual que con la frecuencia, es posible dividir la severidad en cuatro tipos, según su efecto:

1. Insignificante o trivial: Aquellos cuyo efecto puede ser afrontado por la organización como parte de sus actividades normales.

2. Leve o menor: Aquel cuyos efectos pueden ser absorbidos en un solo período contable, si su frecuencia no es muy alta.

3. Grave o mayor: Sus efectos son demasiado grandes como para ser difuminados en un solo período contable; pero pueden serlo en varios períodos sucesivos sin mayores traumas.

4. Catastrófico: Aquellos cuyos efectos pueden amenazar la supervivencia de la organización.

Cuando se refiere al recurso financiero, las divisiones entre estas categorías deberán ser expresadas en términos monetarios. Para evitar su desactualización, se recomienda la utilización de unidades constantes diferentes de la moneda nacional (upacs, salarios mínimos, dólares).

RELACIÓN ENTRE FRECUENCIA Y SEVERIDAD: Existe una clara relación entre estos dos conceptos...

Más información en EcuadorTributa.com

viernes, 17 de junio de 2011

Absoluciones Firmadas por el Director General SRI

Extractos de las absoluciones de las consultas firmadas por el director general del servicio de rentas internas correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 2011

04 de enero de 2011

Oficio: 917012010OCON00273.

Consultante: CREDIT REPORT C.A. BURÓ DE INFORMACIÓN CREDITICIA.

Referencia: Emisión y custodia de comprobantes de venta.

Consultas: ¿Puede CREDIT REPORT emitir una factura por el total de las transacciones que se hayan realizado a través de los puntos de atención al cliente de la empresa de servicios transaccionales, y solamente en el caso de que la persona natural lo requiera, CREDIT REPORT emitirá y entregará una factura individualizada en la que se consigne los datos de la persona natural (consumidor final) que haya obtenido su reporte de crédito?.

En el caso de que no sea posible emitir una sola factura por el total de transacciones realizadas diariamente a través de la empresa de servicios transaccionales, ¿De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 17 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios, puede CREDIT REPORT emitir individualmente una factura por concepto de los servicios auxi- liares financieros (reportes de crédito) prestados a personas naturales (consumidores finales) a través de los puntos de atención al cliente, custodiar dichas facturas y entregarlas a sus clientes cuando estos requieran?

Base Jurídica: Ley de Régimen Tributario Interno: artículo 103.

Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios: artículo 8; artículo 17.

Absolución: CREDIT REPORT, siendo una empresa que se dedica a la prestación de servicios financieros de manera continua, se encuentra en la obligación de emitir comprobantes de venta por cada una de las operaciones mercantiles que realice en sus sistemas computarizados, dichos documentos deberán ser entregados al prestatario del servicio cuando este lo requiera, conforme lo señala el artículo 17 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios.

11 de enero de 2011

Oficio: 917012010OCON002732.

Consultante: TXOPITUNA ECUADOR CÍA. LTDA.

Referencia: IVA en Servicios de transporte internacional de carga marítima...

Más información en EcuadorTributa.com

jueves, 16 de junio de 2011

Confianza Empresarial, Mayo 2011

EDITORIAL > ENTORNO > Confianza Empresarial, Mayo 2011
>>>Ver más artículos<<<< [Recomendar a un amigo] Confianza Empresarial, Mayo 2011 El Índice de Confianza Empresarial medido y monitoreado de manera mensual por Deloitte, registró un incremento de 8.2 puntos ubicándose en 84.5 puntos de 250 posibles alcanzando niveles similares a los registrados en marzo de este año. Si lo comparamos con mayo 2010 (81.6) se registra un ligero incremento. Dentro de los factores positivos, los que mayor incidencia registran son el alto precio del petróleo, un menor desempleo y la estabilidad en las cifras macroeconómicas como inflación y tasas de interés, lo cual permite mantener un dinamismo de la economía. Al respecto, un 61% de los encuestados considera que la inflación se mantendrá respecto a la del mes anterior, mientras que un 86% considera que las tasas de interés no variarán. Se consultó a los participantes respecto de la competitividad de las empresas ecuatorianas en comparación con otras de la región, un 98% de los encuestados considera que éstas son menos competitivas. Al consultar las razones, se detallan las siguientes... Más información en EcuadorTributa.com